Fundación de Seguridad Aérea

Donar es fácil, seguro… ¡y tiene ventajas fiscales!

Donar con PayPal o con tarjeta de crédito.

A través del botón de “Donar”, cualquier persona puede hacer una aportación con tarjeta de crédito, ya sea de forma puntual o mensual. Es un proceso rápido y cómodo, pensado para que colaborar con la Fundación de Seguridad Aérea sea lo más sencillo posible.

También se puede donar por transferencia.

Quien lo prefiera, puede hacer un ingreso directamente en la cuenta de la Fundación en Banco Santander:

IBAN: ES3000492693552114162084
Titular: Fundación A20 de Seguridad Aérea
Concepto: Donación + nombre completo

Deducción Fiscal por Donativos.

La Fundación de Seguridad Aérea está acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, lo que permite que sus donaciones puedan beneficiarse de  deducciones fiscales en su declaración de la renta o del impuesto de sociedades.

¿Qué ventajas tiene donar?

La deducción fiscal permite al donante recuperar una parte del importe aportado al realizar la declaración anual de impuestos. Esto se traduce en una reducción de la cuota a pagar, lo que puede suponer una mayor devolución o una menor cantidad a ingresar.

Desde el punto de vista del impacto, esta ventaja fiscal ofrece dos posibilidades: lograr el mismo efecto con un menor coste real, o bien aumentar el impacto de la donación aportando una cantidad mayor sin que ello suponga un gasto adicional significativo.

¿Cuánto puedes deducir?
Tipo de donantePrimeros 250 €Importe adicionalSi donas 3 años seguidosLímite de deducción
Particulares80%40%45%10% de la base liquidable
Empresas40%40%50%15% de la base imponible

En el caso de las personas físicas (IRPF), la legislación permite deducir el 80% de los primeros 250 € donados al año, considerando el total de donaciones realizadas, independientemente del número de entidades beneficiarias (es decir, este límite no se aplica por cada organización, sino en conjunto). A partir de esa cantidad, la deducción aplicable es del 40%, o del 45% si se mantiene o incrementa el importe donado durante tres ejercicios fiscales consecutivos.

Para las empresas (IS), la deducción general es del 40% sobre las cantidades donadas, aplicable a la cuota íntegra del Impuesto de Sociedades. No obstante, si la empresa mantiene o aumenta su aportación a la Fundación de Seguridad Aérea durante tres años consecutivos, podrá deducir el 50% de las donaciones a partir del tercer ejercicio, siempre que la normativa fiscal no sufra modificaciones.

El límite general de deducción por donativos es del 15% de la base imponible. Sin embargo, las cantidades que excedan ese límite pueden aplicarse en los diez ejercicios fiscales siguientes, siempre que se mantengan los requisitos legales.

¿Qué necesitas para deducir?

La Fundación comunicará sus datos a la Agencia Tributaria para que la deducción aparezca automáticamente en su borrador de la renta.

Para ello es esencial que nos facilite sus datos fiscales, escriba un correo electrónico a tesoreria@fasa20.org con los siguientes datos.

    • Nombre completo/Razón social.
    • DNI/NIF.
    • Dirección fiscal.
    • Justificante bancario de la donación.

¿Y cuánto se recupera con Hacienda?

👤 Si dona una persona (IRPF) sólo a FaSA20
  • Donación anual: 350 €, repartida en 12 meses: 29,17 € al mes
  • Deducción fiscal estimada: 240 €
  • Coste real tras deducción: solo 110 €

Es decir, se dona 350 €, pero gracias a la deducción, el esfuerzo real es mucho menor.

🏢 Si dona una empresa (IS)
  • Donación anual: 5.000 €
  • Deducción fiscal estimada: 2.000 €
  • Coste real tras deducción3.000 €

Y si la empresa mantiene o aumenta su aportación durante tres años, la deducción puede subir al 50%.